Entender mi seguro 馃
A

Aleatoriedad

Condici贸n indispensable que debe tener un riesgo para que sea asegurable, consistente en que su acaecimiento sea incierto o, aun siendo cierto, se desconozca el momento en que habr谩 de manifestarse.

Anulaci贸n

En la terminolog铆a aseguradora, este concepto significa la rescisi贸n de los efectos de una p贸liza. Esto puede suceder porque se producen las circunstancias que se previeron contractualmente como determinantes de ello, por acuerdo mutuo de asegurador y asegurado, o por decisi贸n unilateral de cualquiera de las partes. En este 煤ltimo caso, es normal un plazo m谩ximo de preaviso a la otra parte y, si la decisi贸n ha sido propuesta por la entidad aseguradora, una devoluci贸n de primas en proporci贸n al riesgo no corrido.

Asegurabilidad

Conjunto de circunstancias que deben concurrir en un riesgo para que su cobertura pueda ser aceptada por una entidad aseguradora (en ese sentido, se exige que el riesgo sea incierto, posible, concreto, l铆cito y fortuito)

Asegurado

En sentido estricto, es la persona que, en s铆 misma o en sus bienes o intereses econ贸micos, est谩 expuesta al riesgo.

Atenci贸n ambulatoria

Es la atenci贸n m茅dica que recibe el afiliado en un consultorio m茅dico que le permite regresar a su domicilio. Incluye los gastos originados por cirug铆a ambulatoria.

Atenci贸n hospitalaria

Internamiento por indicaci贸n m茅dica en una cl铆nica o centro m茅dico que incluye la utilizaci贸n del servicio de habitaci贸n, la atenci贸n general de enfermer铆a y, de ser el caso, el servicio de alimentaci贸n.

B

Beneficiario

Persona designada en la p贸liza por el asegurado o contratante como titular de los derechos indemnizatorios que en dicho documento se establece.

Beneficio m谩ximo anual

Este beneficio se define como el l铆mite m谩ximo disponible para la suma de todos los gastos de capa compleja durante la vigencia del plan. Dicho l铆mite no podr谩 exceder, en ning煤n caso, el l铆mite contratado.

C

Cobertura

Compromiso aceptado por un asegurador en virtud del cual se hace cargo, hasta el l铆mite estipulado, de las consecuencias econ贸micas derivadas de un siniestro.

Concurrencia de seguro

Situaci贸n que se plantea cuando existen varios seguros del mismo tipo sobre el mismo objeto, de tal modo que, te贸ricamente, si se produjera la p茅rdida de dicho objeto a consecuencia de un siniestro, las indemnizaciones conjuntas debidas por las distintas aseguradoras sobrepasar铆an el valor real del objeto y ser铆an, por tanto, causas de lucro para el tomador del seguro. Esta situaci贸n s贸lo ser铆a permisible en los seguros sobre la vida humana, por la propia indeterminaci贸n del valor del objeto, que no puede limitarse econ贸micamente.

Contratante

Persona que suscribe con una entidad aseguradora una p贸liza de seguro. Generalmente, su personalidad coincide con la del asegurado.

Cuota

Concepto equivalente a prima, aunque normalmente se emplea para designar el pago peri贸dico que ha de satisfacerse a consecuencia de un contrato de seguro suscrito.

Cr茅dito Essalud

Se refiere al 2.25% de la planilla del aporte a EsSalud que aparta la entidad empleadora al contratar una EPS.

D

Da帽o

P茅rdida personal o material producida a consecuencia directa de un siniestro.

Derechohabiente

Normalmente, se utiliza este concepto para designar al heredero de una persona y, en consecuencia, beneficiario de los derechos de indemnizaci贸n establecidos en una p贸liza.

Declaraci贸n de salud

Declaraci贸n formulada por los afiliados de su estado de salud y el de sus beneficiarios.

Deducible

Cantidad o porcentaje establecido en una p贸liza cuyo importe ha de superarse para que se pague una reclamaci贸n. Es tambi茅n sin贸nimo de franquicia.

Descripci贸n del riesgo

Especificaci贸n de las caracter铆sticas de un riesgo, en su acepci贸n de objeto asegurado, en orden a su aceptaci贸n y tarifaci贸n por la entidad aseguradora.

Doble seguro

Situaci贸n que se origina cuando el mismo riesgo est谩 cubierto simult谩neamente por dos o m谩s entidades aseguradoras, de forma que el capital total asegurado excede del valor m谩ximo asegurable.

Duraci贸n del seguro

Plazo durante el cual tienen vigencia las garant铆as de un contrato de seguro. Este plazo comienza con la fecha de efecto inicial de la p贸liza y finaliza con el vencimiento de 茅sta, que suele ser un a帽o.

E

Enfermedades preexistentes

Es cualquier condici贸n de alteraci贸n del estado de salud diagnosticada por un profesional m茅dico colegiado, conocida por el titular o dependiente y no resuelta al momento previo a la presentaci贸n de la declaraci贸n de salud.

Entidad Prestadora de Salud - EPS

Empresa o instituci贸n p煤blica o privada, distinta a EsSalud, cuyo 煤nico fin es el de prestar servicios de atenci贸n para la salud, con infraestructura propia y de terceros sujet谩ndose a los controles indicados por la Superintendencia Nacional de Salud (SUSALUD).

Extorno

Sin贸nimo de devoluci贸n.

F

Fortuito

Se designa as铆 al acontecimiento sucedido sin intervenci贸n de la voluntad humana o cuando, interviniendo 茅sta, los resultados producidos han sido distintos a los intencionados.

Fraccionamiento de prima

Sistema utilizado por algunas entidades aseguradoras en determinados ramos o modalidades de seguro, en virtud del cual se permite al asegurado que la prima de una anualidad completa, que deber铆a ser abonada por anticipado y de una sola vez, sea liquidada en varios pagos peri贸dicos.

Franquicia

Cantidad por la que el asegurado es propio asegurador de sus riesgos y en virtud de la cual, en caso de siniestro, soportar谩 con su patrimonio la parte de los da帽os que le corresponda.

G

Garant铆a

Compromiso aceptado por un asegurador en virtud del cual se hace cargo, hasta el l铆mite estipulado, de las consecuencias econ贸micas derivadas de un siniestro.

Gastos

Conjunto de de desembolsos que debe realizar una entidad a consecuencia directa o indirecta del ejercicio de sus actividades empresariales. En una entidad de seguros, son los derivados de la pr谩ctica de la actividad aseguradora.

Gasto presentado

Es la suma de los gastos incurridos por el asegurado en una instituci贸n de salud sin la aplicaci贸n de ning煤n tipo de descuento (gastos no cubiertos y copagos).

Gastos no cubiertos

Son los gastos no reconocidos por el plan de salud. Pueden estar clasificados a nivel general del plan de salud o por cobertura.

Gastos cubiertos

Es la diferencia entre los gastos presentados menos los gastos no cubiertos.

I

Incapacidad

En el seguro de Accidentes, se denomina as铆 a la imposibilidad de una persona para el desarrollo de sus funciones normales.

Indemnizaci贸n

Importe que est谩 obligado a pagar contractualmente la empresa aseguradora en caso de producirse un siniestro. Es, por ello, la contraprestaci贸n que corresponde al asegurador frente a la obligaci贸n de pago de prima que tiene el asegurado.

Inter茅s asegurable

Requisito que debe concurrir en quien desee la cobertura de determinado riesgo, reflejado en su deseo sincero de que el siniestro no se produzca, ya que a consecuencia de 茅l originar谩 un perjuicio a su patrimonio.

J

Jubilaci贸n

Retribuci贸n econ贸mica que percibe el trabajador retirado de su ocupaci贸n profesional, a causa de haber alcanzado la edad preestablecida a tal efecto.

L

Lesi贸n corporal

Expresi贸n equivalente a da帽o en las personas, para diferenciarlo del da帽o material o en las cosas.

N

Notificaci贸n del siniestro

Comunicaci贸n que efect煤a el asegurado al asegurador para darle cuenta de la ocurrencia de un siniestro. Es una de las obligaciones principales del asegurado, en caso de siniestro, cuyo incumplimiento (dentro de un plazo determinado en las condiciones generales de las p贸lizas) puede dar lugar a la p茅rdida de la indemnizaci贸n debida por el asegurador.

P

Pago de indemnizaciones

Es la principal obligaci贸n del asegurador, motivada por la ocurrencia de un siniestro indemnizable y notificado por el asegurado. Se pagar谩 con arreglo a los da帽os evaluados, pero con el tope m谩ximo del valor asegurado que figure en el contrato.

Pago de primas

Es una de las obligaciones esenciales del asegurado, hasta el punto de que mientras no se cumpla no tomar谩 efecto el contrato.

Peritaci贸n

Se da este nombre en la terminolog铆a aseguradora a la funci贸n desarrollada por quienes, con car谩cter profesional, se dedican a la tasaci贸n o determinaci贸n de las consecuencias econ贸micas derivadas de un siniestro, a fin de que el asegurador, con base en su informe, determine el importe de la indemnizaci贸n correspondiente.

Periodo de carencia

Per铆odo, generalmente comprendido entre el momento inicial en que se formaliza una p贸liza y una fecha posterior predeterminada, durante el cual no surten efecto las garant铆as previstas en la p贸liza.

Periodo de latencia

Prestaci贸n en salud en caso de desempleo o suspensi贸n perfecta de labores.

P贸liza

Documento que instrumenta el contrato de seguro, en el que se reflejan las normas que de forma general, particular o especial regulan las relaciones contractuales convenidas entre el asegurador y el asegurado. En tanto haya sido emitido y aceptado por ambas partes, se puede decir que han nacido los derechos y obligaciones que del mismo se derivan. Pese al tratamiento unitario que la legislaci贸n concede a la p贸liza de seguro, en la pr谩ctica es frecuente distinguir partes diferenciadas de ella, cuya denominaci贸n est谩 铆ntimamente ligada a su contenido. En este sentido, puede hablarse de condiciones generales, condiciones particulares y condiciones especiales.

  • Condiciones generales: Reflejan el conjunto de principios b谩sicos que establece el asegurador para regular todos los contratos de seguro que emita en el mismo ramo o modalidad de garant铆a. En tales condiciones, pueden establecerse normas relativas a la extensi贸n y objeto del seguro, riesgos excluidos con car谩cter general, forma de liquidaci贸n de los siniestros, pago de indemnizaciones, cobro de recibos, comunicaciones mutuas entre asegurador y asegurado, jurisdicci贸n, subrogaci贸n, entre otros.
  • Condiciones particulares: Recogen aspectos concretamente relativos al riesgo individualizado que se asegura y en particular los siguientes:
    1. Nombre y domicilio de las partes contratantes, y designaci贸n del asegurado y beneficiario, en su caso.
    2. Concepto en el cual se asegura.
    3. Naturaleza del riesgo cubierto.
    4. Designaci贸n de los objetos asegurados y de su situaci贸n.
    5. Suma Asegurada o alcance de la cobertura.
    6. Importe de la prima, recargos e impuestos.
    7. Vencimientos de las primas, as铆 como lugar y forma de pago.
    8. Duraci贸n del contrato, con expresi贸n de cuando comienzan y terminan sus efectos.
  • Condiciones especiales: En ellas se establecen franquicias a cargo del asegurado, la supresi贸n de algunas exclusiones y la inclusi贸n de otras nuevas.

P贸liza de Grupo

Es aquella en la que, simult谩neamente, existen varias personas aseguradas.

P贸liza individual

Es aquella en la que s贸lo existe una persona asegurada.

P贸liza a Todo Riesgo

Se da este nombre a aquella en que, respecto al objeto asegurado, se garantizan conjunta y simult谩neamente todos los riesgos que puedan afectarle.

Preexistencia

Enfermedad o dolencia conocida y diagnosticada al asegurado con anterioridad a la fecha de contrataci贸n del seguro.

Prescripci贸n

P茅rdida de valor, vigencia o eficacia de alg煤n derecho, acci贸n o facultad, debida fundamentalmente a haber transcurrido y vencido el plazo durante el cual pudo haberse ejercitado.

Prestraci贸n

En la terminolog铆a aseguradora y en su acepci贸n m谩s amplia, equivale al conjunto de obligaciones del asegurador en caso de siniestro, pero en la pr谩ctica se utiliza m谩s frecuentemente para referirse a las que no tienen un contenido puramente econ贸mico.

Prevenci贸n de riesgos o siniestros

Conjunto de medidas destinadas a evitar o dificultar la ocurrencia de un siniestro y a conseguir que, si el accidente se produce, sus consecuencias de da帽o sean las m铆nimas.

Previsi贸n

En general es la precauci贸n presente para prevenir la producci贸n de un evento futuro. En ese sentido, puede considerarse uno de los pilares b谩sicos del seguro.

Prima

Aportaci贸n econ贸mica que ha de satisfacer el contratante o asegurado a la aseguradora en concepto de contraprestaci贸n por la cobertura de riesgo que 茅sta le ofrece.

Provisi贸n

Cantidad destinada a hacer frente a un gasto futuro previsto, pero cuya cuant铆a exacta se desconoce.

R

Reaseguro

Instrumento t茅cnico que sirve para distribuir entre otros aseguradores los excesos en los riesgos de m谩s volumen, permitiendo.

Reclamaci贸n

En general, es una solicitud planteada a una persona para la satisfacci贸n de un derecho. En la terminolog铆a aseguradora, esta palabra se utiliza frecuentemente para referirse a la demanda de indemnizaci贸n.

Rescisi贸n

P茅rdida de vigencia de los efectos de una p贸liza en virtud de determinadas causas.

Riesgo

En la terminolog铆a aseguradora, se emplea este concepto para expresar indistintamente dos ideas diferentes; de un lado, riesgo como objeto asegurado; de otro, riesgo como posible acontecimiento, cuya aparici贸n real o existencia se previene y garantiza en la p贸liza.

S

Siniestro

Es la manifestaci贸n concreta del riesgo asegurado, que produce unos da帽os garantizados en la p贸liza hasta determinada cuant铆a.

Sistema de cr茅dito

Se conoce como una forma de atenci贸n que elige el afiliado. En esta, el afiliado acude a cualquiera de las instituciones que cuenten con un convenio de atenci贸n vigente, sujet谩ndose a las tarifas y condiciones pactadas con la EPS.

Sistema de reembolso

Permite que el afiliado acuda al m茅dico, cl铆nica o centro de diagn贸stico de su preferencia que no figuren en su plan de salud, cancelando la totalidad de los costos directamente en el sitio donde fue prestado el servicio, para posteriormente presentar a la EPS los gastos incurridos para su reembolso, de acuerdo con las condiciones de su plan. Este sistema solo es v谩lido, siempre y cuando, est茅 indicado en tu plan de salud.

Subrogaci贸n

En sentido jur铆dico general, es la sustituci贸n de una persona por otra distinta que ejercitar谩 los derechos y acciones de aquella (subrogaci贸n personal). En el 谩mbito del seguro, en virtud de la subrogaci贸n, el asegurador sustituye al asegurado en el ejercicio de las acciones o derechos que tendr铆a 茅ste contra los terceros causantes del accidente o siniestro, a fin de poder recuperar de ellos la cantidad por la que civilmente deber铆an responder a consecuencia de los da帽os producidos, cuya indemnizaci贸n en virtud de la p贸liza de seguro, ha corrido inicialmente a cargo de la aseguradora

Suma asegurada o Capital asegurado

Valor atribuido por el titular de un contrato de seguro a los bienes cubiertos por la p贸liza y cuyo importe es la cantidad m谩xima que est谩 obligado a pagar el asegurador, en caso de siniestro.

T

Tiempo de espera

Periodo en el cual los diagn贸sticos de capa compleja no ser谩n cubiertos.

Transporte de evacuaci贸n

Cubre el gasto de transporte que requiera el afiliado en caso de emergencia m茅dica o accidental en provincia, siempre y cuando, no exista en el lugar de la emergencia un centro m茅dico que pueda prestar la atenci贸n.